lunes, 6 de junio de 2016

ROBIN HERRERA
















EDUCAR EN VALORES: ÉTICA Y EDUCACIÓN SUPERIOR

       El profesional egresado  o las y los estudiantes de las diferentes  Universidad de nuestra madre Patria Venezuela se capacita para desarrollarse en cualquier área de las diferentes especialidades establecidas por las casas de estudios a nivel Superior Universitaria en el libre ejercicio de su profesión y en funciones públicas y privadas en todas las instancias de la administración social y para la vida y más en los momentos que vivimos cambios sociales, políticos necesarios en el desarrollo de empuje  socialista de nuestro país en su avances éticos y educativos.
       La misión de las diferentes casas de estudios Académicas Universitarias Venezolanas están orientadas a preparar en forma eficiente a las y los estudiantes y egresados profesionales en el dominio de los conocimientos  fundamentales y las técnicas de aplicación de esos aprendizajes para interactuar con la realidad Social, Humanista existente en nuestro país. Creando un profesional y orientando con alto sentido de la Ética y Educación en sus ejecuciones, donde los valores y la deontología  serán el norte de su desenvolvimiento en sociedad.
       Por su parte en este mismo orden de ideas, Pineda (1995) describe el Subsistema de Educación
Superior: La Educación Superior comprende la formación profesional, o pregrado, y tiene los siguientes objetivos:
1.- Continuar el proceso de formación integral del hombre, formar profesionales y especialistas y promover su actualización y mejoramiento conforme a las necesidades del desarrollo nacional y del progreso científico.
2.- Fomentar la investigación de nuevos conocimientos e impulsar el progreso de la ciencia, la tecnología, las letras y demás manifestaciones creadoras del espíritu en beneficio del bienestar del ser humano, de la sociedad y del desarrollo independiente de la nación.
3.- Difundir los conocimientos para elevar el nivel cultural y ponerlos al servicio de la sociedad y del desarrollo integral del hombre (p. 143).
       En este sentidos Bermúdez (op. Cit) en referencia a Carrión (1995), define el desarrollo de la institucionalidad de la universidad dentro de un proceso social del siglo XI y ratificadas en el XIX con tres aspectos y sus cuestionamientos:
a.- La tarea de enseñanza y formación de las nuevas generaciones y de entrenamiento de los equipos profesionales.
b.- La tarea de investigación, creación, mantenimiento (archivo y preservación) y difusión de conocimientos.
c.- Y la tarea de servir de modelo al resto de la sociedad en cuanto a estilo de organización comunitaria, intelectual democrática (p. 29).

       En esta perspectiva desde el ámbito educativo, Morales (2002) manifiesta: el conocimiento es un medio y no un fin, Gadotti (2003) plantea que la educación: Tiene por objetivo el pleno desarrollo de la persona, su preparación para el ejercicio de la ciudadanía y la calificación para el trabajo (p. 33-32). Llano (1999) lo manifiesta en términos de un Humanismo Cívico. El punto culmen del significado de educación es planteado Delors (2008) en el informe presentado en la UNESCO, educar es humanizar.
       En otro orden de ideas, frente a la necesidad de transformación y cambio, La ley es un instrumento de control basada en la defensa de principios sobre los cuales se ejerce la norma, por ello va más allá de un simple marco regulatorio sobre entidades que se mueven en un ambiente de autonomía permanente, cuyo fin es educar. Una ley del sistema de educación superior es un marco regulatorio, son las matrices en las cuales se desenvuelven y desarrollan las organizaciones universitarias como entes al servicio de lo humano con la finalidad y misión de humanizar. Por tanto, la ley debe garantizar dicho proceso enmarcado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela manifiestos en los Principios Fundamentales art. 1 al 9 y de los Derechos Culturales y Educativos donde los dedicados a definir el significado de educación art. 102 al 111 y con los convenios internacionales adscritos con organizaciones como la UNESCO. De esa forma debe aclararse epistemológicamente entre una Ley de Universidades ó una Ley de Educación Superior, la primera sería regulatoria de las organizaciones, la segunda apunta a todo un sistema  y el planteamiento de una cultura organizacional diferente.
       Finalmente   denotando  lo antes planteado que tiene relación  en  la Justificación del subprograma de Ética  y Educación de la carrera de Postgrado de ciencias de la docencia en la educación superior   dirigida por la facilitadora Doctora Petra M. Pérez de nuestra casa de estudios Unellez, Apure; que expresa lo siguientes:  La Educación Superior tiene muchos retos, entre ellos, proporcionar a los estudiantes una educación de calidad pertinente y suficiente; Pertinente porque debe estar dirigida a resolver carencias y problemas aún no resueltos socialmente. Y suficiente porque debe proporcionar las herramientas para la gestión del conocimiento necesario para resolver problemas tomando en consideración la investigación científica. Visto de esta manera, la educación universitaria es entonces, el escenario necesario para crear espacios que posibilite la reflexión que permitan elevar los niveles éticos de quien ejerce la docencia, generando valores para enfrentar los procesos de cambio y fortalecer una sociedad democrática.
       Enfoques educativos necesarios para nosotros los maestrantes en docencia Universitaria de esta casa de estudio donde nos brindan conocimientos dirigidos en la Ética y Educación en el camino de Viabilidad a lo largo de los siglos y de su capacidad para transformarse y propiciar el cambio y el progreso de la sociedad.
Vicerrectorado de Planificación y Desarrollo Social, Coordinación  de Postgrado,
Maestría: Ciencia de la Educación Superior Mención: Docencia Universitaria, Cohorte XIX
Facilitadora: Doctora, Petra M. Pérez

Participante: HERRERA ROBIN A.  C.I.V.11.759.744    robinalfredoh@gmail.com

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